La falsificación de documentos es un delito doloso de carácter técnico recogido en el Código Penal español. Consiste en modificar, alterar o inventar elementos esenciales de ellos. Para demostrar su comisión, en muchos casos, es indispensable la intervención de peritos calígrafos y otros especialistas profesionales. Estos son todos los aspectos de interés relacionados con él.
¿En qué consiste la falsificación de documentos?
El delito de falsedad documental aparece tipificado en los artículos 390-399 del Código Penal. Se engloba dentro del capítulo II. Su objetivo es proteger y preservar la fe pública, la seguridad del tráfico jurídico y la confianza de los ciudadanos españoles en los documentos como medios de prueba y en las instituciones que los gestionan.
El Código Penal define la falsedad documental como el acto de alterar, simular, modificar o falsificar un documento de forma total o parcial. Se trata de un delito con la consideración de muy grave que es castigado con multas bastante elevadas y penas de prisión de larga duración.
Pero ¿qué es un documento?
Para entender exactamente en qué consiste este delito, es indispensable saber qué es un documento según el Código Penal. En concreto, en su artículo 26 especifica que se trata de un soporte material que posee relevancia jurídica y que contiene datos con carácter de prueba. Esto es lo que realmente define a la falsificación de documentos.
Tipos de delito de falsedad documental
No existe un único tipo de delito de falsificación de documentos, sino cuatro. En este sentido, lo que marca la diferencia es el documento falsificado.
Falsedad en documento publico, oficial o mercantil
La falsedad en documento público solo puede ser cometido por autoridades públicas y funcionarios. Esto hace que, además de multa y pena de prisión, conlleve inhabilitación especial. Para ello, es indispensable que se produzca:
- La alteración significativa de un documento en algunos de sus requisitos o elementos fundamentales.
- Faltas a la verdad a la hora de narrar hechos.
- La simulación de parte o de la totalidad de un documento cuando el objetivo sea inducir a error acerca de su autenticidad.
- La atribución de declaraciones o manifestaciones falsas a personas que han intervenido en unos hechos, así como la simulación de su participación en aquellos en los que no han estado presentes.
Cualquiera de estos actos delictivos es castigado con penas de prisión de 3 a 6 años, multa de 6 a 24 meses e inhabilitación por un período de 2 a 6 años.
Falsedad de documentos privados
En este caso, la persona que cometa el delito será siempre un particular. Generalmente, este tipo de falsificación tiene el objetivo de perjudicar a otro. Su comisión conlleva la imposición de penas de prisión de 6 meses a 2 años.
Falsedad documental de certificados
Puede ser cometido tanto por particulares como por funcionarios públicos, además de facultativos y autoridades. Por ello, puede conllevar penas de inhabilitación.
Una peculiaridad de este delito es que castiga al que falsifica el documento, a quien trafica con él y a la persona que lo utiliza. Eso sí, en estos dos últimos casos, solo si tuviesen conocimiento de su falsedad. Quedan excluidos los certificados relacionados con la Hacienda Pública y con la Seguridad Social.
Los facultativos que cometan este tipo de delito de falsificación de documentos tendrán que hacer frente a penas de multa de 3 a 12 meses. Los funcionarios públicos y las autoridades serán castigados con penas que oscilan entre 6 meses y 2 años de inhabilitación.
Falsificación de cheques de viaje y tarjetas de débito y crédito
Copiar, reproducir, alterar, traficar, falsificar y usar esta clase de documentos también es un delito. De hecho, está considerado como uno de los más graves en este capítulo del Código Penal. Esto queda patente en las penas que conlleva, ya que se encuentran en un baremo de entre 4 y 8 años de cárcel. En caso de que la acción delictiva afecte a un grupo de personas o sea llevada por una organización criminal, dichas penas siempre se impondrán en su mitad superior.
La importancia del perito calígrafo en la falsedad documental
Un perito calígrafo es un profesional cuya función es cotejar los documentos con el propósito de encontrar falsificaciones. De hecho, mediante determinados procedimientos científicos, es capaz de determinar si, por ejemplo, se ha producido la falsificacion de firmas.
Esa es su función principal, pero no la única. También juega un papel clave en la ratificación de testamentos ológrafos, en la detección de raspados, superposición y lavados de tintas, así como en otras muchas modalidades de falsificación.
En definitiva, la falsificación de documentos es un delito extremadamente grave que conlleva penas de prisión, multas e inhabilitaciones bastante importantes. En este sentido, para determinar su comisión es indispensable contar con los servicios de profesionales especializados en documentoscopia, piscografología y pericia caligráfica. Solo a través de ellos es posible determinar su comisión sin ningún género de dudas.falsificacion de documentos